REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, Declara con Lugar la solicitud interpuesta por el Dr. HECTOR JOSE PEREZ ARIAS, en su carácter de Defensor Público; en consecuencia, se declara el cese del Régimen de presentaciones de los imputados HERNAN JOSE PALENCIA RODRIGUEZ Y ALEXIS JAVIER CARRIZO SANABRIA, titulares de las cédulas de identidad N° V-18.537.475 y V-13.231.333; así como el cese de la medida cautelar establecida en el artículo 256 numerales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal; quedando en consecuencia los ciudadanos: HERNAN JOSE PALENCIA RODRIGUEZ Y ALEXIS JAVIER CARRIZO SANABRIA, en libertad plena; de conformidad con lo establecido en los artículos 263, 264 y 326 de la norma adjetiva Penal; en concordancia con lo previsto en el artículo 49 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Notifíquense a las partes con boleta, de conformidad con lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 175 del texto adjetivo penal.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase.-
El Juez de Control N° 3


Dr. ELIAS JOSUE SILVERIO ALEJOS
La Secretaria,


Abg. ALMA AKILEYA MONSALVE

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico

La Secretaria,


Causa N° 3C-5208-08
RER/jb.-