REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO LOS TEQUES

Los Teques 02 de Diciembre de 2008
198º y 149º

CAUSA NRO. 1U879-04

JUEZ: ABG. JACQUELINE TARAZONA VELASQUEZ

SECRETARIA: ABG. VALENTINA ZABALA VIRLA

FISCALES: ABG. JORGE MELENCHON, Fiscal Décimo Segundo de Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda y el ABG. JOSE LUIS SAPIANI RODRIGUEZ, Fiscal Segundo de Reenvió con Competencia Plena a Nivel Nacional, con sede en la ciudad de los Teques.

VICTIMA QUERELLANTE: ABG. GLADYS RODRIGUEZ BELLO.

ACUSADO: GONZALEZ SERVA LUIS CARMELO.

DEFENSA PRIVADA: DR. AGUSTIN ANDRADE CORDERO, DRA. ESTHER BIGOTT DE LOAIZA Y DRA. CARMEN VARGAS.

Siendo la hora y la fecha fijada para que se lleve a cabo Juicio Oral y Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 344 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en contra del acusado GONZALEZ SERVA LUIS CARMELO; la Juez solicitó a la Secretaria la verificación de la presencia de las partes y este le informo que se encuentran presentes: el Dr. JORGE JOSE MELENCHON CAMACHO, Fiscal Décimo Segundo del Ministerio Público del Estado Miranda, la Dra. GLADYS RODRIGUEZ DE BELLO victima querellante, el abogado asistente ARGENIS RAFAEL LUNAR SALAZAR. Asimismo, se verifico que no se encuentran presentes: El Dr. JOSE LUIS SAPIANI RODRIGUEZ, Fiscal Segundo de Reenvió con Competencia Plena a Nivel Nacional, la Dra. ESTHER BIGOTT DE LOAIZA, Dra. CARMEN VARGAS, Dr. AGUSTIN ANDRADE CORDERO, en su carácter de defensores privados, ni el acusado LUIS CARMELO GONZALEZ SERVA. Asimismo, se informo que en la sala adyacente se encuentra presente: La ciudadana TANIA MERCEDES DE LA QUENZA MORENO, testigo promovida por la Fiscal del Ministerio Público, este Tribunal para decidir observa:

Vista la inasistencia reiterada del acusado y sus Abogados Defensores, y aunado a ello en fecha 23-07-2008, la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal y Sede, dicto decisión mediante la cual acordó imponer Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, previsto y sancionado en el artículo 256 numerales 4 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal, argumentando en que se evidencia la conducta contumaz del ciudadano GONZALEZ SERVA LUIS CARMELO, motivo por el cual se observa retardo procesal causado por la incomparecencia del mismo al no poderse realizar desde el 16-11-2004 la audiencia del Juicio Oral y Publico, traduciéndose en una presunción razonable de peligro de fuga y obstaculización de la búsqueda de la verdad y ante lo inoficioso que sería fijar una nueva oportunidad para la celebración del Juicio Oral y Público, ya que el mismo no se podría llevar a cabo por la ausencia del acusado en consecuencia, este Tribunal considera que lo mas procedente y ajustado a derecho es ORDENAR LA CONDUCCION del acusado GONZALEZ SERVA LUIS CARMELO, POR MEDIO DE LA FUERZA PUBLICA, haciendo uso de los cuerpos de policiales del Estado Venezolano a los fines que sea ubicado y conducido hasta la Sede de este Tribunal con la finalidad que se imponga de la decisión dictada por la Corte de Apelaciones de fecha 23-07-2008 y cumpla con las obligaciones impuestas en la misma, así como a la celebración del debate; en virtud de ello se SUSPENDE la FIJACION DEL JUICIO ORAL Y PUBLICO, hasta tanto se cumpla con la diligencia solicitada. Asimismo, se acuerda oficiar a la División de Capturas y citaciones del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines que se de cumplimiento a lo ordenado, y a la oficina Nacional de Identificación y extranjería (ONIDEX) a los fines que remita los movimientos migratorios del acusado. ASI SE DECLARA.-

PARTE DISPOSITIVA

Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,

PRIMERO: ORDENAR LA CONDUCCION del acusado GONZALEZ SERVA LUIS CARMELO, POR MEDIO DE LA FUERZA PUBLICA, haciendo uso de los cuerpos de policiales del Estado Venezolano a los fines que sea ubicado y conducido hasta la Sede de este Tribunal con la finalidad que se imponga de la decisión dictada por la Corte de Apelaciones de fecha 23-07-2008 y cumpla con las obligaciones impuestas en la misma, así como a la celebración del debate;

SEGUNDO: en virtud de ello se SUSPENDE la FIJACION DEL JUICIO ORAL Y PUBLICO, hasta tanto se cumpla con la diligencia solicitada. Asimismo, se acuerda oficiar a la División de Capturas y citaciones del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines que se de cumplimiento a lo ordenado, y a la oficina Nacional de Identificación y extranjería (ONIDEX) a los fines que remita los movimientos migratorios del acusado.
LA JUEZ

ABG. JACQUELINE TARAZONA VELASQUEZ
LA SECRETARIA

ABG. VALENTINA ZABALA VIRLA

En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado, líbrese los correspondientes oficios.

LA SECRETARIA

Abg. VALENTINA ZABALA VIRLA


EXP. NRO. 1U-879-04
JJTV/VZV/cf.*