REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN BARLOVENTO

CAUSA. N º 1E 609-07
JOVEN: IDENTIDAD OMITIDA.

FISCAL 18º DEL MINISTERIO PÚBLICO, DR. OMAR JIMENEZ.
DEFENSOR: DRA. CAROLINA PARRA .
VICTIMA: GARAVITO CRUZ
DELITO: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA.

Visto el Informe Evolutivo del Plan Individual, cursante al presente expediente, procede este Tribunal de Ejecución a la Revisión de la Medida de LIBERTAD ASISTIDA, que en su oportunidad le fue impuesta a la joven IDENTIDAD OMITIDA , de conformidad con lo previsto en el Literal “E” del Artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; se observa del mencionado Informe que la Joven en estudio asistió puntualmente a sus citas, en el plano educativo la joven no continuo por motivo de su embarazo, no se encuentra laborando actualmente, recibe protección del Gobierno Municipal, en conclusión la joven cumple sus presentaciones pero no se encuentra cumpliendo la medida de libertad asistida por motivo de que se encuentra cumpliendo con la medida de Libertad asistida, por motivo que se encuentra de reposo de post parto..

De todo lo anteriormente se evidencia que lo ajustado a este caso es mantener la Medida de DE LIBERTAD ASISTIDA, a objeto que el Joven logre alcanzar el máximo de madurez necesaria para lograr superar las dificultades que se le puedan presentar y de esta manera lograr reinsertarlo plenamente a la sociedad, siendo este el norte de nuestra Ley especial como lo es, la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente; es por lo que este Juzgado de Ejecución actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, ORDENA: No modificar ni sustituir la Medida de Privación de Libertad a la Joven IDENTIDAD OMITIDA contenida en el literal “a” del Artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, como lo es vigilar que se cumplan las medidas de acuerdo con la Sentencia que la ordena. ASÍ SE DECIDE.-. Notifíquese a las partes.-
EL JUEZ DE EJECUCION,


DR. ROGER ABEL USECHE ALVAREZ.



LA SECRETARIA,


DRA. ARELIS GONZALEZ
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.



LA SECRETARIA,

ARELIS GONZALEZ

Exp. Nº 1E-609-07
RAU/AG