REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL



JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN

En el día de hoy, dieciséis (16) de enero de 2008, siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.) oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral y pública para dictar sentencia oral en la presente causa incoada por la ciudadana ELENA DA CAMARA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° 10.283.721, contra las empresas EDICIONES PACIFIC ROD S.R.L, PRINT TECHC C.A, UNIVERSAL EDITORES C.A, TEX EDITING C.A y SAT CELLUMOVIL S.A en el expediente signado con el número 1303-07,(Nomenclatura de este Tribunal), por apelación interpuesta por el abogado TARCISIO MILANO PARRA en su carácter de apoderado judicial de la demandante, contra la sentencia de fecha 21 de noviembre de 2007, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en los Teques- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, dejándose constancia de la comparecencia de la ciudadana ELENA DA CAMARA RODRIGUEZ, en su carácter de parte demandante identificada anteriormente junto a su apoderado judicial abogado TARCISIO MILANO PARRA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 39.024, , así mismo hizo acto de presencia el abogado RUBEN CARRILLO ROMERO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 38.842, en su carácter de apoderado judicial de la demandada. Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, y tal como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- Seguidamente el ciudadano Juez pasa a dictar sentencia oral en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara: “Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado TARCISIO MILANO PARRA en su carácter de apoderado judicial de la demandante, contra la sentencia de fecha 21 de noviembre de 2007, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en los Teques. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 21 de noviembre de 2007, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en los Teques. TERCERO: Se declara SIN LUGAR la demanda por cobro prestaciones sociales interpuesta por la ciudadana ELENA DA CAMARA RODRIGUEZ identificada anteriormente, contra las empresas EDICIONES PACIFIC ROD S.R.L, PRINT TECHC C.A, UNIVERSAL EDITORES C.A, TEX EDITING C.A y SAT CELLUMOVIL S.A CUARTO: Se condena en costas a la parte actora por el vencimiento en la presente causa.- De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizara dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, y será a partir de la publicación de dicha decisión de conformidad con lo señalado en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques el día dieciséis (16) de enero del año 2008, años 197° de la Independencia y 148° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia.-



ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR



PARTE ACCIONANTE Y APODERADO JUDICIAL.



JOHANNA MONSALVE MORALES
LA SECRETARIA



APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA .


EXP. 1303-07
AHG/JMM
































































6 ordena la presencia de la ciudadana ELENA DA CAMARA RODRIGUEZ, en su carácter de parte demandante, a los fines de ser interroga por este Juzgado necesario para la decisión de la presente causa, en consecuencia se difiere la oportunidad para la continuación de la presente causa para el día ciudadano Juez se retira de la sala siendo las nueve y cincuenta de la mañana (9:50 a.m) a los fines de decidir la presente causa. Posteriormente regresa a la sala siendo las diez y veinte de la mañana (10:20 a.m) y procede a dictar la sentencia oral en el presente expediente hace un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara: “Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada KARINA MACHADO CARMONA en su carácter de apoderada judicial del demandante, contra la sentencia de fecha 08 de noviembre de 2007, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Charallave.- SEGUNDO: SE REVOCA la decisión de fecha 08 de noviembre de 2007, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Charallave . TERCERO: SE ORDENA al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Charallave, fijar día y hora para la continuación de la audiencia de juicio, se advierte al Juez de Juicio que deberá considerar la consecuencia jurídica establecida en la Ley por la incomparecencia de la empresa Inversiones CONSEI C.A, a la audiencia. CUARTO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará dentro de los cinco (05) días hábiles siguiente a la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión de conformidad con lo señalado en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques el día nueve (09) de enero del año 2008, años 197° de la Independencia y 148° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia.
























advierte que desde la fecha 08 de abril de 2005 al 28 de junio de 2007 no hay ningún tipo de actuación por parte del accionante en efecto resulta forzoso declarar la Perención de la Instancia