JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LOS CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 21 de enero de 2.008
197° y 148°
Vistas las actuaciones que anteceden, presentadas por el ciudadano ANTONIO GOICOECHEA GARITAONANDIA, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano ANTONIO GOICOECHEA GARITAONANDIA, mayor de edad, titular de las cédulas de identidad Nos. V-981.327, respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurías construidas en un terreno de su propiedad, ubicado en la Urbanización Los Castores, distinguida con el N° 269 de la segunda etapa de dicha urbanización, Municipio Los Salias del Estado Miranda, y la misma se encuentra protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, la cual quedó anotada bajo el N° 76, folio N° 228, tomo N° 5, Protocolo 1°, de fecha 11 de junio de 1968, cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se encuentran debidamente identificados en el documento de propiedad. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual precede redactada por la abogada Luisa A. Granados López., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 50.091. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR,
ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA,
SAMANTA ALBORNOZ.
En esta misma fecha se devuelven en original con sus resultas, a la parte interesada.
LA SECRETARIA,
EMQ*Wdrr.-S. Nº 45226.-
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