JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Los Teques, 21 de enero de 2.008
197° y 148°

Vistas las actuaciones provenientes del Juzgado Distribuidor y los recaudos que la acompañan, en especial la evacuación de testigos de las ciudadanas MARÍA VICTORIA PÉREZ HERNÁNDEZ y MARÍA TERESA FIGUERORA DE BRACHO, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-6.570.853 y V-778.237, respectivamente, levantada ante el Regístro Publico-Notaría de los Municipios Páez, Andrés Bello y Pedro Gual del Estado Miranda, con sede en la población de Río Chico, relacionados con la solicitud, presentada por la ciudadana ESPERANZA CANTAFIO DE BORJAS, suficientemente identificada, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ESPERANZA CANTAFIO DE BORJAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-1.753.185, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre una parcela de mayor extensión ubicada en la zona “A” y distinguida con el N° 419 de la Urbanización El Jobo, de la Población de Río Chico, en el plano de parcelamiento que se encuentra agregado al cuaderno de comprobantes de la Oficina Subalterna de Regístro del Distrito Páez del Estado Miranda, bajo el N° 25, folio 25, 2° Trimestre de 1971. La referida parcela de terreno se encuentra Protocolizada en la Oficina de Regístro antes mencionada, en fecha 28 de abril de 1973, bajo el N° 25, folios 131 al 139, Protocolo Primero, Tomo 2, Segundo Trimestre de 1973, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado Fernando Fernández I., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.566. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.-
LA JUEZA TITULAR,

ELSY MADRIZ QUIROZ.
LA SECRETARIA,
SAMANTA ALBORNOZ.
En la misma fecha se devuelven originales con sus resultas al interesado.
LA SECRETARIA,
EMQ*Wdrr.-
EXP. N° 45318.-