REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 16 de Enero de 2008
196° y 147°


Visto el pedimento formulado por los ciudadanos ARDILES AGRAS FERMIN INGEL Y TORRES BLOOM PEDRO ANTONIO titular de la Cédula de Identidad N° V-13.380.451 y 22.784.332 respectivamente, en el cual solicita al Tribunal el cese de sus presentaciones, este Juzgado acuerda en consecuencia, emitir el correspondiente pronunciamiento:

Consta en autos que los ciudadanos ARDILES AGRAS FERMIN INGEL Y TORRES BLOOM PEDRO ANTONIO, se encuentran bajo régimen de presentación desde 11-07-2007 hasta 16-01-2008; tal como consta de la Certificación de presentaciones suscrita por la abg. JOSELYN COSTERO, Secretaria de este Tribunal.

Ahora bien, considera quien aquí decide que habiendo transcurrido un lapso superior a los seis (06) meses sin que la representación Fiscal haya presentado acto conclusivo alguno, y cumplida como ha sido la medida cautelar por parte del imputado, lo procedente y ajustado a derecho es declarar con lugar la solicitud formulada por el referido ciudadano. Y ASI SE DECLARA.

DISPOSITIVA

Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL CESE DE PRESENTACIONES, impuestas a los ciudadanos ARDILES AGRAS FERMIN INGEL Y TORRES BLOOM PEDRO ANTONIO, titular de la Cédula de Identidad N° V_13.380.451 y 22.784.332 respectivamente en audiencia de Presentación de Detenido, celebrada ante este Despacho. Notifíquese a las partes, conforme al parágrafo primero del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, publíquese y diarícese la presente decisión, asimismo déjese copia debidamente certificada.
LA JUEZ


ABG. ZORAIDA MOLINA RODRIGUEZ

La Secretaria

Abg. JOSELYN COSTERO

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.

La Secretaria

Abg. JOSELYN COSTERO

ZMR/JC/li
Act. 4C4667-07