REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL LOS TEQUES

Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Concederle a la ABG. HUNGRIA CARO FERRER, Fiscal Décima Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de los Teques, la PRORROGA DE QUINCE (15) DÍAS CONTINUOS, CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA FECHA EN LA CUAL VENCE EL LAPSO PARA PRESENTAR EL ACTO CONCLUSIVO CORRESPONDIENTE, de conformidad con lo establecido en el cuarto y quinto aparte del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en los artículos 280, 281 y 283 Ejusdem, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 11 numeral 6 y articulo 34 numeral 7 ambos de la Ley Orgánica del Ministerio Público, todos amparados en el articulo 49 numeral 1 y 285 numerales 1 y 3 ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, debiendo presentar el acto conclusivo a mas tardar el DIA CINCO (05) DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL OCHO (05-02-2008), inclusive. Quedan notificadas las partes de la decisión dictada en esta fecha. Es todo, terminó, se leyó y conformen firman. Se dio lectura al acta y concluyo la misma siendo las once horas y cincuenta minutos de la mañana (11:50 a.m.), Termino y firman.
LA JUEZ


VALENTINA ZABALA VIRLA
LA SECRETARIA


ANA CAPOTE CALERO

En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado y así lo certifica.

LA SECRETARIA



ANA CAPOTE CALERO


Auto Fundado Prorroga
Exp. Nro. 5C-4921-07
VZV/acc.-