REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES

Por todos los señalamientos anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Fijar un PLAZO PRUDENCIAL de TREINTA (30) días para la conclusión de la investigación en la causa seguida en contra del ciudadano FIGUERA AVILA DEIBY EDUARDO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-16-370-374, respectivamente, al ciudadano Fiscal Auxiliar Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, y vencido este plazo proceda a presentar el acto conclusivo correspondiente, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 321 del derogado Código Orgánico Procesal Penal y artículo 553 ejusdem. Líbrense las respectivas boletas de notificaciones.-


Regístrese, publíquese, déjese copia de la presente decisión.-

LA JUEZ


ABG. NAIR J. RIOS CHAVEZ
EL SECRETARIO


ABG. JOSE LUIS CHAPARRO


Seguidamente se dio cumplimiento a lo anteriormente ordenado

EL SECRETARIO


ABG. JOSE LUIS CHAPARRO


NJRC/JLCH/jestter.-
ACT. 6C-31155-04