REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Cuarto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la Ley, DECLARAR CON LUGAR por el penado OROPEZA RIVAS ALI GUILLERMO, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-15.714.835, Nacionalidad Venezolano, natural de Los Teques, Estado Miranda, nacido en 15-02-1983, hijo de ZAIDA RIVAS (V) y GUILLERMO OROPEZA (V) de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, domiciliado en La Estrella, Sector El Panadero, casa Nro. 61, Los Teques, Estado Miranda y en tal sentido se AUTORIZA la transferencia del referido penado de Centro de Tratamiento Comunitario, ya que se encuentra en pre-libertad, bajo la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 23-01-2001, es decir, del Centro de Tratamiento Comunitario DR. FRANCISCO CANESTRI”, ubicado en el Paraíso, Distrito Capital, al “ DR. JOSÉ AGUSTÍN MENDEZ UROZA, ubicado en Vargas, Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en los artículos 61 y 81 ambos de la Ley de Régimen Penitenciario, en relación con lo dispuesto en el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, publíquese y notifíquese al penado la presente decisión.
LA JUEZ


JACQUELINE TARAZONA VELASQUEZ
LA SECRETARIA


VALENTINA ZABALA VIRLA

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado y Notifíquese a la Defensora Privada, al Fiscal del Ministerio Público, al penado y a los Centros de Tratamiento Comunitarios

LA SECRETARIA


VALENTINA ZABALA VIRLA

CAUSA. NRO.4E045/07.
JJTV/VZV/cf.*