REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda – Extensión Valles del Tuy, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ACUERDA de conformidad con el artículo 373, tercer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 372 ordinal 1° y 248 ejusdem, se continúe la investigación por el procedimiento ABREVIADO, en consecuencia se ordena la remisión del presente asunto al Tribunal de Juicio correspondiente. SEGUNDO: Se DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, a favor del imputado MARLON JOSE BETANCOURT GONZALEZ, contenidas en el articulo 256 ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual se estiman suficientes para asegurar las resultas del proceso penal consistente en presentación periódica cada OCHO (08) días por el alguacilazgo del Circuito Judicial, todo ello por la presunta comisión del delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano.
Publíquese, regístrese, REMITASE, Diarícese, déjese copia.
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL
SANDRA SATURNO MATOS
LA SECRETARIA
MARNY HERNANDEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
MARNY HERNANDEZ


LA JUEZ
DR. SANDRA SATURNO