REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda – Extensión Valles del Tuy, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Acoge la solicitud del Fiscal del Ministerio Publico, en cuanto a la prosecución de la investigación por la vía del procedimiento ORDINARIO de conformidad con el último aparte del Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, a favor del imputado MIRTHA ALEXANDRA REYES ESPEJO, contenidas en el articulo 256 ordinales 2° y 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual se estiman suficientes para asegurar las resultas del proceso penal consistente en presentación de una persona responsable y presentación periódica cada OCHO (08) días por el alguacilazgo del Circuito Judicial, todo ello por la presunta comisión del delito OCULTAMIENTO DE MUNICIONES previsto y sancionado en el artículo 278 del Código penal en concordancia con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos.
Publíquese, regístrese, Diarícese, déjese copia.
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL
SANDRA SATURNO MATOS
LA SECRETARIA
VERONICA PETER

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
VERONICA PETER