REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

En consecuencia, por todos los razonamientos anteriormente expuestos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, éste Tribunal CUARTO de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy , PRIMERO: Acoge la solicitud del Fiscal del Ministerio Publico, en cuanto a la prosecución de la investigación por la vía del procedimiento ORDINARIO de conformidad con el último aparte del Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: IMPONE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, solicitada por la fiscal DRA. GILDA SEQUERA en su carácter de Fiscal novena del Ministerio Público, al ciudadano: JEFERSON ALEXANDER OROPEZA HERNANDEZ, nacionalidad venezolano, residenciado en Colina Mendoza, sector Ojo de Agua, casa s/n, Ocumare del Tuy, Estado Miranda, nacido en Caracas, en fecha 21-05-1987, de 20 años de edad, de profesión u oficio indefinida, de estado civil soltero, y titular de la cédula de identidad N° 19.829.546, de padres: Martín Oropeza (V) y carmen Hernández (V), por estar llenos los requisitos previstos en el artículo 250 en sus ordinales 1º, 2º, 3º y 251 ordinales 2º y 3º, Parágrafo Primero y 252 ordinales 1° y 2° todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE GUERRA previsto y sancionado en el artículo 274 del Código Penal Venezolano en relación con el artículo 3 de la Ley Sobre Armas y Explosivos. TERCERO: Se acuerda la DECLINATORIA DE LA COMPETENCIA en el Tribunal Segundo de Control de este mismo Circuito Judicial Penal por conexidad con el asunto MP21-P-2008-93 de conformidad con los artículos 77 en relación con el artículo 70 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia remítase las presentes actuaciones a los fines de ser acumuladas al mencionado asunto.

Firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencia del Tribunal Cuarto de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del circuito judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en Funciones de Control, a los veinte (20) días del mes de enero del Año DOS MIL OCHO (2.008)
Regístrese, Diaricese, la presente decisión, REMITASE AL TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL a los fines de ser acumulada al asunto MP21-P-2008-93 por conexidad. CUMPLASE.-
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL
SANDRA SATURNO MATOS
EL SECRETARIO
VERONICA PETER
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-

EL SECRETARIO
VERONICA PETER