REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

En consecuencia, por todos los razonamientos anteriormente expuestos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, éste Tribunal CUARTO de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy , DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los ciudadanos: CARVAJAL MARRERO CRISTOPHER JESUS, de Nacionalidad venezolano, residenciado en: Barrio el Manguito, Sector el Olivo casa numero 167 por donde esta el Liceo Juan Germán Rossi Charallave Municipio Cristobal Rojas Estado Miranda, nacido (s) La Guaira Estado Vargas, en fecha, 05-04-1985, de 22 años de edad, de profesión u oficio, Vigilante de Almacenes Digitel de Charallave, de estado civil soltero, y titular de la cédula (s) de identidad Nro. 18.443.745, de Padres: ANGEL CARRASQUEL REYES ( V ) Y VILMA JOSEFINA MARRERO ( V ). HERNANDEZ HUMBERTO JOSE , de Nacionalidad venezolano, residenciado en: Sector Los Olivos Sectores Manguito casa sin número Charallave Municipio Cristóbal Rojas Estado Miranda, teléfono de ubicación 04146786330 nacido (s)Charallave Estado Miranda, en fecha, 08-06-1987, de 20 años de edad, de profesión u oficio, Vigilante de Almacenes Digitel de Charallave, de estado civil soltero, y titular de la cédula (s) de identidad Nro. 17.685.210, de Padres: JOSE HUMBERTO TORO DELGADO (V) Y CHAGUA HERNANDEZ ( V). RODRIGUEZ INFANTE JULIAN ANDRES de Nacionalidad venezolano, residenciado en: La Población de Santa Lucía Barrio Macuto casa numero 22 cerca de la Escuela Básica Macuto, Teléfono 0414.01593.44 Estado Miranda, nacido (s)Caracas Distrito Capital, en fecha,25-07-1985, de 22 años de edad, de profesión u oficio, Oficial de Seguridad por la empresa VIROBIGILCA, para la Compañía de Telefonía Digitel, de estado civil soltero, y titular de la cédula (s) de identidad Nro. 17224030, de Padres: MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ PADILLA (V) Y MILAGROS DE RODRIGUEZ ( V ), por estar llenos los requisitos previstos en el artículo 250 en sus ordinales 1º, 2º , 3º y 251 ordinales 2º y 3º, Parágrafo Primero y 252 ordinales 1° y 2° todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de el delito de HURTO CALIFICADO CON ABUSO DE CONFIANZA, previsto y castigado en el artículo 453 ORDINAL 1° del Código Penal.

Firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencia del Tribunal Cuarto de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del circuito judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en Funciones de Control, a los 20 de enero días del mes de ENERO del Año DOS MIL OCHO (2008).-
Regístrese, Diaricese, la presente decisión. CUMPLASE.-
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL

SANDRA SATURNO MATOS

EL SECRETARIO
VERONICA PETER
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
EL SECRETARIO
VERONICA PETER