REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO


JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

Los Teques, 16 de Enero del 2008
196° y 148°

Por recibida Acta N° 07, de fecha Lunes Catorce (14) de enero del año Dos Mil Ocho (2008), proveniente de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en la cual se dejó expresa constancia de la asignación a este Tribunal de la presente comisión, emanada del Juzgado Trigésimo Cuarto (34°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conferida a los fines de notificar al ciudadano BALAHAN ANTONIO SUNIAGA GUEDES, en su carácter de persona natural; y de la lectura efectuada por el Despacho a la mencionada Comisión, se observa que el domicilio procesal de la parte en mención, se encuentra fijado en: PARQUE INDUSTRIAL, GUATIRE, “B”, GALPON G-17, EL MARQUEZ, GUATIRE, ESTADO MIRANDA.
Al respecto, este Tribunal a pesar de tener competencia en toda la Circunscripción Judicial del Estado Miranda; en la Localidad de Guarenas, existe un Circuito Judicial del Trabajo, con igual competencia; en consecuencia, en aras de cumplir con el principio de celeridad procesal, que caracteriza el proceso laboral y en virtud que el ciudadano en cuestión se encuentra ubicado en las adyacencias del Circuito antes identificado; este Juzgado por cercanía territorial ordena la remisión de la presente comisión a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, a los fines que una vez efectuada la distribución mediante el mecanismo de sorteo, el Tribunal que resulte seleccionado practique la mencionada notificación. CÚMPLASE.

CORINA RODRIGUEZ SANTOS.
LA JUEZ

JENNY TAINET APONTE CASTRO
LA SECRETARIA

NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.


LA SECRETARIA

COM N° 0659-08
CRS/JTAC/yamilet*