REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES
ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN
En el día de hoy, ocho (08) de febrero de 2008, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral y pública en la causa incoada por el ciudadano JONATHAN JESUS DOMINGUEZ GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° 16.591.961, contra la empresa Sociedad Mercantil HECC CONSULTORES Y ASOCIADOS C.A, en el expediente signado con el número 1317-08,(Nomenclatura de este Tribunal), por apelación interpuesta por la abogada ISABEL RICO DE OLIVEROS en su carácter de abogada asistente de la parte accionante, contra la decisión de fecha 12 de diciembre de 2007, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en los Teques- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, dejándose constancia de la comparecencia del ciudadano JONATHAN JESUS DOMINGUEZ GONZALEZ, identificado anteriormente, en su carácter de parte demandante junto a su abogada asistente ISABEL RICO DE OLIVEROS, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 70.606, así mismo hizo acto de presencia la abogada CAROLINA HIDALGO FIOL, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 112.357, en su carácter de apoderada judicial de la demandada. Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, y tal como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- Seguidamente se le concedió la palabra a la partes presentes quienes expusieron sus fundamentos concluida la exposición, el ciudadano Juez se retira de la sala siendo las diez y cincuenta de la mañana (10:50 a.m) a los fines de decidir la presente causa. Posteriormente regresa a la sala siendo las once y quince minutos de la mañana (11:15 a.m) y procede a dictar la sentencia oral en el presente expediente hace un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara: “Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada ISABEL RICO DE OLIVEROS en su carácter de abogada asistente de la parte accionante, contra la decisión de fecha 12 de diciembre de 2007, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en los Teques.- SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia dictada en fecha 12 de diciembre de 2007 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en los Teques en cuanto a la improcedencia a la condenatoria en costas. TERCERO: SIN LUGAR la solicitud de Calificación de Despido interpuesta por el ciudadano JONATHAN JESUS DOMINGUEZ GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° V-16.591.961 contra la empresa Sociedad Mercantil HECC. CONPUTER, CONSULTORES Y ASOCIADOS C.A; CUARTO: No hay condenatoria en costas. De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará dentro de los cinco (05) días hábiles siguiente a la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión de conformidad con lo señalado en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques el día ocho (08) de febrero del año 2008, años 197° de la Independencia y 148° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia.
ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR
PARTE ACCIONANTE Y ABOGADA ASISTENTE
EXP. 1317-08
AHG/JMM
JOHANNA MONSALVE MORALES
LA SECRETARIA
APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA.
advierte que desde la fecha 08 de abril de 2005 al 28 de junio de 2007 no hay ningún tipo de actuación por parte del accionante en efecto resulta forzoso declarar la Perención de la Instancia