JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, quince (15) de febrero de dos mil ocho (2008).-
197º y 148º
Visto el escrito anterior presentado en fecha 12 de los corrientes, por la ciudadana DALBA AUXILIADORA GABANTE DURAN, debidamente asistida de abogado, mediante hace corrección del libelo de la demanda, solicitado por este Juzgado en fecha 21 de enero de 2008. El Tribunal luego de una detenida revisión del escrito recibido, observa que la actora intima a la parte demandada a pagar las siguientes cantidades PRIMERO: La cantidad de DOS MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F 2.800,oo) que conforman el convenimiento de pago celebrado; SEGUNDO: La cantidad de CUARENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. F 46,67) por los intereses moratorios, calculados a la tasa del cinco por ciento (5%) y TERCERO: La cantidad de CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. F 466,67) por comisión de un sexto por ciento del monto adeudado, todo lo cual asciende a la cantidad de TRES MIL TRESCIENTOS TRECE BOLIVARES FUERTES CON TREINTA Y TRES CENTIMOS (BS.F 3.313,33), monto éste inferior a la cuantía asignada a los Juzgado de Primera Instancia, según resolución emanada del extinto Consejo de la Judicatura, y vigente desde el día 30 de abril de 1996, (más de Cinco Mil Bolívares Fuertes (Bs. F 5.000,00), por tanto, este Juzgado se declara incompetente por la cuantía para conocer del presente asunto, y dado que el convenio de pago fue suscrito en San Antonio de Los Altos, de conformidad con el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, se declina la competencia para conocer de la presente acción al Juzgado de Municipio del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, del cual se ordena enviar el presente expediente junto con oficio, una vez vencido el lapso previsto en el artículo 69 eiusdem.
EL JUEZ PROVISORIO,
Dr. HECTOR DEL V. CENTENO G.
LA SECRETARIA ACC,
Abg. ANA MILDRED GONZALEZ
HdVCG/Lisbeth
Exp N° 17704
La suscrita Secretaria Accidental del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que los anteriores fotostatos son traslados fiel y exacto de sus originales, los cuales corren insertos en el expediente signado bajo el N° 17704, en el juicio que por INTIMACION sigue DALBA AUXILIADORA GABANTE contra GLADYS DEL CAMRNE RIVAS. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 1º de la Ley de Sellos.- Los Teques, quince (15) de febrero del año dos mil ocho (2008).-
LA SECRETARIA ACC,
Abg. ANA MILDRED GONZALEZ
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