JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, Veintisiete de febrero de Dos Mil Siete.

197º y 149º

Por cuanto ya fueron evacuados los testigos promovidos en la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS realizada por el ciudadano LEON MORENO RAMIRO, asistido por la abogada NIURKA DEL C. URDANETA R, en consecuencia, jurada como ha sido la urgencia del caso y por cuanto se encuentran llenos los extremos de Ley, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos: RAMIRO LEON MORENO Y A SUS HIJAS NORA DEL CARMEN LEON TORRES , LOURDES COROMOTO LEON TORRES, MARY RUF LEON TORRES Y NORMA EYIMARA LEON TORRES, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros V-1.529.587, V-9.225.579, V-10.154.136, V-10.167.837 y V-10.167.836, respectivamente, venezolanos, domiciliados en el Municipio San Cristóbal y la ultima domiciliada en Puerto la Cruz Estado Anzoátegui, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la fallecida ciudadana NORMA ELISA TORRES DE LEON, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-2.894.639, en su carácter de cónyuge el primero e hijos los segundos. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Asimismo se acuerda expedir por secretaria dos (02) juegos de Copias fotostáticas Certificadas de la presente solicitud. Para la elaboración del fotostato se autoriza al ciudadano: GEOVANNY CASTRILLON SOLANO, titular de la cédula de identidad No. 12. 633.399, Alguacil Temporal del Tribunal. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes. Cúmplase.
LA JUEZ TEMPORAL,

ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA,

ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS P.