REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
EXPEDIENTE Nº 2619-06
ACTO CONCILIATORIO POR INCUMPLIMIENTO PENSION DE ALIMENTOS
DEMANDANTE: MARICELA PEREZ SILVA.
DEMANDADO: JIMMY JOHNSON NOVOA LEON.
En el día de hoy, seis (06) de febrero de 2008, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 am.) los ciudadanos MARICELA PEREZ SILVA, titular de la cédula de identidad Nº 27.801.446 y JIMMY JOHNSON NOVOA LEON, titular de la cédula de ciudadanía Nº 13.954.637, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por incumplimiento de pensión de alimentos, a favor de los hermanos NOVOA PEREZ. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio, quien insta a las partes a llegar un acuerdo, en beneficio y bienestar de los hermanos NOVOA PEREZ y el de las relaciones familiares. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano JIMMY JOHNSON NOVOA LEON, quien manifestó: Acepta que por error involuntario dejo de cancelar la pensión alimentaria del mes de Agosto y septiembre para un total de DOCIENTOS CUARENTA BOLIVARES FUERTES (280,oo BsF ), los cuales ira abonando en cada deposito y se compromete a darle los DOCIENTOS CUARENTA BOLIVARES FUERTES (240,00Bsf) en Septiembre y Diciembre mas la cuota fijada de manutención de CIENTO CUARENTA BOLIVARES FUERTES (140,00BsF), es todo . Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana MARICELA PEREZ SILVA, quien manifestó: estoy de acuerdo con lo establecido en el acto conciliatorio. Es todo. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO
ABOG. ANA RAMONA ACUÑA
JIMMY JOHNSON NOVOA LEON
MARICELA PEREZ SILVA
La Secretaria Temporal
ABOG. ZULAY COROMOTO RIVAS PACHECO