REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES
ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PASA A EMITIR LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS:
PRIMERO: Se acuerda calificar como flagrantes los hechos sometidos al conocimiento de este Tribunal de conformidad al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: se decreta la continuación de la presente causa por el procedimiento ordinario de conformidad con lo previsto en el artículo 373 eiusdem.
TERCERO: Se decreta la Libertad Plena y sin restricciones de la ciudadana: GREIBIS DEL VALLE CORREA ADRIAN, nacionalidad: venezolana, natural Higuerote, nacida en fecha 25-11-1981, de 26 años de edad, de estado civil soltera, de profesión indefinida, hija de madre desconocida y de JESUS CORREA (V), residenciado en: Calle Los Nísperos Casa de color Blanca, de puerta color marrón, Frente a los Panaderos, Lagunetica, Estado Miranda y manifiesto ser titular de la cédula de identidad número V-15.612.166, por no estar llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena librar la correspondiente boleta de excarcelación.
CUARTO: Se ordena remitir la presente causa a la Fiscalía Primera del Ministerio Público a los fines de que continúe con las investigaciones, en consecuencia, el esclarecimiento de la verdad, en el presente hecho.
QUINTO: Quedan Notificadas las Partes de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
LA JUEZ
ABG. OGLA YERIS BOTTO RAMIREZ
LA SECRETARIA
ABG. ROSA AMELIA ALFONZO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. ROSA AMELIA ALFONZO
Exp. N° 1C-5089-08
OBR/RAA/ob