REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Este Tribunal de primera instancia en funciones de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: Se declara Sin Lugar el requerimiento presentado por la Dra. Hungria Caro Ferrer, en su carácter de Fiscal Decimonoveno del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda (Comisionada), recibida en este Tribunal en fecha 15/02/2008; en relación a la solicitud de orden de allanamiento a ser practicada por funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda en un inmueble donde presuntamente residen unos ciudadanos de nombres Romero Juan alias “El Empresario” y Lugo Vargas Auristela Emilia, alias “La China”; ello de conformidad con lo dispuesto en el artículos 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en el artículo 210 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo establecido en los artículos 10, 11 numerales 1 y 6, 12, 14 numeral 1, 15, 16, 20, 27, 28, 29 y 30 del Decreto con fuerza de Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
Notifíquese a la solicitante, conforme al único aparte del Artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase.-
La Juez de Control N° 3


Dr. Rosa Elena Rael Mendoza
La Secretaria

Abg. Ingrid Moreno

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico

La Secretaria

Abg. Ingrid Moreno
Solicitud N° 3CS-297/08
RER/IM/rer