REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES
De acuerdo a las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la revisión de medida privativa de libertad solicitada por el Dr. JORGE JOSÉ MELENCHÓN CAMACHO, en su carácter de Fiscal Duodécimo del Ministerio Público del Estado Miranda, y se impone al ciudadano TORRES MENDOZA JOEL DAVID las medidas cautelares sustitutivas a la Privación de Libertad contempladas en los numerales 3 y 6 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en presentación periódica cada ocho (08) días por ante este tribunal los días miércoles, por un lapso de seis (06) meses y prohibición de comunicarse con la madre de la victima YELITZA COROMOTO PIÑERO DE RODRIGUEZ y cualquier otro familiar.
Regístrese, Diaricese, notifíquese a las partes de la presente decisión. Librese la correspondiente boleta de excarcelación. CUMPLASE.-
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL
ABG. IDANIA MELENDEZ FIGUEREDO
LA SECRETARIA
ABG. ANGELICA VELASQUEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
LA SECRETARIA
ABG. ANGELICA VELASQUEZ
Causa N°: 4CS-305-07