REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 10 de Febrero de 2008
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : MP21-P-2008-000321
ASUNTO : MP21-P-2008-000321
Visto el escrito presentado por el (la) Dr. (a) PARTIARROYO MARIA DE LOS ANGELES, en su carácter de Fiscal SEPTIMO (E), del Ministerio Público de este Estado, mediante el cual coloca a disposición de este Tribunal de Control del Circuito Judicial del Estado Circuito Judicial Penal de Valles del Tuy, en calidad de detenido al imputado GERARD JOSE MENA, a quien se le atribuye la comisión del delito Posesión de sustancias de Estupefacientes y psicotrópicas, previsto en el articulo 34 de la Ley especial, y solicita a este Tribunal la aplicación de Medidas Cautelares Sustitutivas. Y oído como fue el imputado debidamente asistido por la Defensora Pública , ARGENIA SANTOS, previamente designado, este Tribunal por considerar que no existen en la presente causa los supuestos de peligro de fuga u obstaculización en la búsqueda de la verdad, considera procedente la aplicación de Medidas Cautelares Sustitutivas de Privación de la Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 9° el Código Orgánico Procesal Penal.
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Circuito Judicial Penal de Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: La inmediata libertad del imputado GERARD JOSE MENA, titular de la cédula Nº13903858, residenciado en EN: SECTOR LA PICA, CALLE 21 DE FEBRERO, CASA S/N, SAN FRANCISCO DE YARE, en virtud de habérsele acordado Medidas Cautelares Sustitutivas de Privación de la Libertad, contenidas en los ordinal 9° l artículo 256 Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ordena continuar la investigación por la vía del procedimiento ordinario, conforme el último aparte del Código Orgánico Procesal penal. Se ordena remitir las actuaciones al Fiscal Séptimo del Ministerio Publico. Librese oficio.
El Juez Segundo de Control
El Secretario
NELIDA ACOSTA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
l Secretario
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DRA. NELIDA ACOSTA