REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy de conformidad con la estipulación contenida en el artículo 254 del Código Orgánico Procesal Penal por la presente decisión MOTIVA la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD dictada en contra de los imputados JOSE GASCON FERNANDEZ, Venezolano, de 18 años de edad, Cédula de Identidad N° 21.410.587, natural de Caracas, nacido el 05-04-1989, soltero, residenciado en: Nueva Cúa Sector 01, vereda 13, casa 18. Al ciudadano MIGUEL ANGEL REQUENA URBANEJA, de 23 años de edad, Cédula de Identidad N° 16.093.762, natural de Cúa Estado Miranda, nacido el 18-05-1984, soltero, residenciado en: Nueva Cúa Bisposa Sector 01, vereda 16, casa 05. Por su presunta responsabilidad en la comisión del delito de ASALTO DE UNIDAD DE TRANSPORTE PUBLICO previsto y sancionado en el artículo 357 segundo aparte del Código Penal, así como el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Articulo 277 Ejusdem, por considerar que se encuentran llenos los extremos de los artículos 150 numerales 1°, 2° y 3° 151 y 152 del Código Orgánico Procesal Penal. En cuanto al ciudadano GARCIA RODRIGUEZ ALBERTO, de 25 años de edad, Cédula de Identidad N° 20.836.768, natural de Ocumare Del Tuy, Estado Miranda, nacido el 15-06-1982, soltero, residenciado en: Nueva Cúa Bisposa Sector 01, vereda 07, casa 09. Por su presunta responsabilidad en la comisión del delito de ASALTO DE UNIDAD DE TRANSPORTE PUBLICO previsto y sancionado en el artículo 357 segundo aparte del Código Penal, y por considerar que se encuentran llenos los extremos de los artículos 150 numerales 1°, 2° y 3° 151 y 152 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECIDE.-


Regístrese, diarícese la presente decisión. CUMPLASE.
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

NEPTALI GONZALEZ

El Secretario,

ABG. JESUS GAMBOA

Seguidamente se dio cumplimiento a lo aquí ordenado.


El Secretario,


ABG. JESUS GAMBOA