REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
En consecuencia, por todos los razonamientos anteriormente expuestos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, éste Tribunal CUARTO de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy , PRIMERO: Acoge la solicitud del Fiscal del Ministerio Publico, en cuanto a la prosecución de la investigación por la vía del procedimiento ORDINARIO de conformidad con el último aparte del Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: IMPONE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, solicitada por la fiscal DRA. JENNY VILLALOBOS, en su carácter de Fiscal de transición del Ministerio Público, al ciudadano: JOSE LUIS ALFARO CASTILLO , Natural de Ocumare del tuy , de edad 33 años de edad, fecha de nacimiento: 17/02/74, Titular de la cedula de identidad N° 12.085.400, estado civil: casado, de oficio: herrero, residenciado en sector colonia Mendoza sector inagel, ancianato Ocumare del Tuy Estado Miranda, de padres: MARIA BANGELITA (F) Y PEDRO MANUEL ALFARO (v), por estar llenos los requisitos previstos en el artículo 250 en sus ordinales 1º, 2º, 3º y 251 ordinales 2º y 3º, Parágrafo Primero y 252 ordinales 1° y 2° todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano.
Firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencia del Tribunal Cuarto de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del circuito judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en Funciones de Control, a los seis (06) días del mes de febrero del Año DOS MIL OCHO (2008)
Regístrese, Diaricese, la presente decisión. CUMPLASE.-
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL
SANDRA SATURNO MATOS
EL SECRETARIO
VERONICA PETER
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
EL SECRETARIO
VERONICA PETER