REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES
JUEZ PROFESIONAL Nº 1.

Los Teques, 25 de febrero de 2008
197° y 148°

Vistas las anteriores actuaciones, y la solicitud de Curador ad-hoc, interpuesta por distribución el día 06.02.08, y admitida el 13.02.2008, así como la aceptación al cargo de curador ad-hoc, de las niñas (Identidad Omitida), (Identidad Omitida), siendo sus progenitores los ciudadanos ZULMA ELIZABETH CUBIANO GARCIA y CARLOS JOSÉ PINTO ROMERO, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.820.244 y V-12.729.949, respectivamente, así como la aceptación al cargo de curador ad-hoc del adolescente y el adolescente (Identidad Omitida), siendo su progenitora la ciudadana ZULMA ELIZABETH CUBIANO GARCIA, antes identificada, y la aceptación hecha por la ciudadana GARCIA BANDES JULIA MARIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.871.662, quien acepto dicho cargo en esta misma fecha, considerando que las mencionadas niñas y adolescente no poseen bienes inmuebles, ni mayores bienes muebles, es por lo que no hay inventario solemne que levantar, en consecuencia SE DISCIERNE el cargo de Curador ad-hoc de las niñas (Identidad Omitida) y el adolescente (Identidad Omitida), en la ciudadana GARCIA BANDES JULIA MARIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.871.662. Devuélvanse las resultas en originales, dejándose expresa constancia en el libro diario llevado por esta Sala de Juicio, y copia certificada de las actuaciones. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZ

DRA ZULAY CHAPARRO
EL SECRETARIO,

ABG. DONNER PITA

Se deja expresa constancia que esta misma fecha, previa certificación por secretaria, se devolvieron los originales con sus resultas. Conste.-

EL SECRETARIO,

ABG. DONNER PITA
ZCH/FC/Carlos Ojeda
Exp. S-9089-08
Curador Ad-Hoc