REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. EXTENSIÓN BARLOVENTO
SALA DE JUICIO
JUEZ UNIPERSONAL Nº II

Guatire, 12 de febrero de 2008
197º y 148º


Vistas las actuaciones anteriores y oída la aceptación y juramentación en el cargo de CURADOR AD HOC, manifestado por la ciudadana FRANCIS ANTONIA JIMENEZ PARRA, titular de la cédula de identidad Nº 8.748.256, por medio del cual se compromete a cumplirlo bien y fielmente, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le discierne el cargo a la ciudadana FRANCIS ANTONIA JIMENEZ PARRA, titular de la cédula de identidad Nº 8.748.256, de Curador Ad Hoc del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), de 14 años de edad, nacido en Caracas, en fecha 14/10/1993, de acuerdo a partida de nacimiento Nº 711, expedida por el Registro Civil del Municipio Plaza del Estado Miranda, en fecha 14/03/1995, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código Civil, quedando investido de tal responsabilidad con las consecuencias legales inherentes al mismo. Finalmente y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la ley, devuélvanse en original por Secretaría las presentes actuaciones a su solicitante. Cúmplase lo ordenado.
El Juez Abg. Helio Antonio Requena Bandres
El Secretario
Abg. Edgar Perez





HARB/EXP: S-08/5968