REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE



Año.


SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÒN BARLOVENTO.

Guatire, 18 de Febrero de 2008

Año. 197º y 148º


Examinadas la actas procesales, que conforma el presente expediente, y visto que se acordó aperturar cuenta de ahorros en el Banco Banfoandes a nombre del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) y asimismo se autorizo a la ciudadana Maritza Ninoska Serrano, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.835.143 en su carácter de representante legal del adolescente antes mencionadas a movilizar y hacer los cobros respectivos, por lo que tratándose del presente juicio de Pensiòn Alimento y visto que el monto depositado es proveniente de las prestaciones sociales del ciudadano Romulo Moreno Pacheco, titular de la cédula de Identidad Nº V- 5.325.609, a favor del adolescente antes mencionado, por cuanto no hay un control Directo por parte del Tribunal en los referidos depósitos en la cuenta y por cuanto no teniendo dinero que administrar esta sala de juicio. Y por cuanto ya hubo pronunciamiento de ley es por lo que este Tribunal acuerda el cierre del presente expediente y su remisión al archivo judicial. Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR

DR. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES.-


EL (A) SECRETARIO (A)

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado


EL (A) SECRETARIO (A)




EXP Nº 204/95
HARB/EPG/NM