REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL



JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES


ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN


En el día de hoy, diez (10) de julio de 2008, siendo las once y media de la mañana (11:30 a.m.) oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la el dictamen de la sentencia oral en la causa incoada por el ciudadano ROMAN JAIMES PAUL JOSE, titular de la cedula de identidad número N° 17.671.306 contra la empresa UNI–MIL , C.A., en el expediente signado con el número 1390-08, (Nomenclatura de este Tribunal), por apelación interpuesta por el abogado RUBEN CARRILLO ROMERO, inscrito en el INPREABOGADO N° 38.842 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 27 de mayo de 2008, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques.- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, dejándose constancia de la comparecencia del abogado RUBEN CARRILLO ROMERO, inscrito en el INPREABOGADO N° 38.842 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada y apelante y el abogado GUZMAN G. PINEDA G. inscrito en el INPREABOGADO 69.069 en su carácter de apoderada judicial de la parte actora. Seguidamente se da inicio al dictamen de la sentencia, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, y tal como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-Seguidamente el ciudadano Juez procede a dicta sentencia oral en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara: “Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el abogado RUBEN CARRILLO ROMERO, inscrito en el INPREABOGADO N° 38.842 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 27 de mayo de 2008, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. SEGUNDO: Parcialmente con lugar las pretensiones contenida en el libelo de la demanda interpuesta por el ciudadano ROMAN JAIMES PAUL JOSE, titular de la cedula de identidad número N° 17.671.306 contra la empresa UNI–MIL, C.A. TERCERO:Se confirma la sentencia de fecha 27 de mayo de 2008, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. CUARTO: Se corrige el error del punto primero de la parte dispositiva en relación a la norma mencionada de Ley Orgánica del Trabajo que debe referirse articulo 573 de la Ley Orgánica del Trabajo QUINTO: Se condena en costa a la parte apelante por resultar totalmente vencida en la audiencia de apelación.- De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión de conformidad con lo señalado en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques el día diez (10) de julio del año 2008, años 197° de la Independencia y 149° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia






ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR






ISBELMART CEDRE TORRES
SECRETARIA






APODERADO JUDICIAL PARTE DEMANDANTE




APODERADO JUDIDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA Y APELANTE




EXP. 1390/08
AHG/ICT.