REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
CON SEDE EN RIO CHICO.

Río Chico, 22 de Julio de 2.008.-
198º y 149º.-


CONSIGNATARIO: RIVERO CRUZ ANTONIO.

BENEFICIARIA: GARCIA EMILIANA MIREYA.

MOTIVO: OBLIGACIÒN DE MANUTENCIÒN.-

Se inicio el presente procedimiento en fecha 06-06-2001, por ante este Juzgado, mediante la comparecencia de la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA y expone que el padre de su hijo el ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO, no cumple como es debido con la obligación alimentaría de su hijo LEONEL JESUS RIVERO GARCIA, el cual no le pasa ninguna ayuda económica, ni tampoco lo ayuda con la escuela, que este Juzgado se digne citar al mencionado ciudadano para llegar a un acuerdo.

Ahora bien; en el caso de autos se observa que fue admitido en fecha 06-06-2001, dándosele entrada en el libro respectivo bajo el Nº 2001-01, y en su oportunidad citar al ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO, para llegar a un acuerdo conciliatorio entre las partes.

En fecha 06-06-2001, fue librada boleta de citación a nombre del ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO.

En fecha 08-06-2001, comparecen por ante este Juzgado el ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO, previa citación, y la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA, y mediante acta de convenimiento expone el primero de los mencionados “Me comprometo a consignar la cantidad de VEINTICINCO BOLIVARES EXACTOS (Bs.25,00) semanales, a favor de mi menor hijo antes mencionado, a partir de la próxima semana, los cuales serán entregados a la madre del niño” quedando la segunda de los nombrados conforme con lo expuesto por el ciudadano. Visto lo expuesto y aceptado entre los comparecientes este Juzgado deja constancia que de incurrir el depositante en dos faltas consecutivas tomara medidas legales correspondientes, en este mismo acto se recibió boleta de citación debidamente recibida y firmada por el ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO.

Según auto de fecha 04-07-2001, donde se acuerda librar nuevamente boleta de citación a nombre del ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO, por motivo que a la fecha no había cumplido con el convenimiento suscrito por ante este Tribunal. En esta misma fecha se libró oficio Nº 2810-167, dirigido al Comandante de la Policía, Zona nº 04, Río Chico, anexo boleta de citación Nº 20, a objeto de que hicieran comparecer antes este Despacho, al ciudadano antes mencionado. Para la fecha 19-07-2001, se libró nuevamente oficio Nº 2810-190,a la dirección antes indicada para que se diera cumplimiento al convenimiento establecido por ante este Despacho Judicial.

En fecha 25-07-2001, se libró nuevamente oficio Nº 2810-200, al Comandante de la Zona Policial Nº 04, Río Chico, Municipio Páez, solicitando el arresto y poner a la orden de este Juzgado al ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO. En fecha 26-07-2001, se acuerda mediante auto librar oficio Nº 2810-202, al Comandante de la Zona Policial Nº 4, Río Chico, Municipio Páez, a objeto de que trasladaran a este Despacho a dicho ciudadano.

En fecha 26-07-2001, se recibe del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, Región Policial Nº 04, Comisaría Río Chico, Acta Policial de esa misma fecha, concurriendo previo traslado desde el Comando de la Policía del Estado, Zona Nº 4, el ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO, quién consignó la cantidad de VEINTICINCO BOLIVARES EXACTOS (Bs. 25,00), a los folios quince y dieciséis (Fs.15 y 16) del presente expediente, los cuales el juzgado los recibió para que le sean entregados a la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA.-

En fecha 26-07-2001, se libró oficio Nº 2810-205, al Comandante de la Zona Policial Nº 4, Río Chico, Municipio Páez, a objeto de que se sirviera dejar en libertad al ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO.-

En fecha 26-07-2001, comparece la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA, en su carácter de beneficiaria y solicita la entrega de la suma consignada ante ese despacho a favor de su menor hijo y en esa misma fecha el tribunal hizo entrega de la cantidad solicitada quedando conforme.-

En fecha 07-08-2001, se presenta el Ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO, a los folios 20 y 21 del presente expediente, manifestando que no ha podido hacer las consignaciones en virtud de gastos en medicinas y en los actuales momentos no estaba trabajando y en fecha 14-08-2001, comparece nuevamente para hacer del conocimiento de este Despacho que no ha conseguido trabajo y que por tal motivo no ha podido consignar la pensión acordada, este Juzgado le dio un plazo de quince (15) días para que trate de depositar.

En fecha 30-08-2001, compareció por ante este Despacho el ciudadano CARRASQUEL ESPINOZA LUIS FELIPE, a nombre de RIVERO CRUZ ANTONIO consignó la cantidad de BOLIVARES DIEZ EXACTOS (Bs. 10,00), a favor de su menor hijo.-

En fecha 03-10-2001, compareció el ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO y consignó la cantidad de VEINTICINCO BOLIVARES EXACTOS (Bs. 25,00) a favor de su menor hijo y en fecha 05-10-2001, en esa misma fecha compareció la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA, y solicitó le sea entregada la suma de dinero que ha sido depositada a favor de su menor hijo y en ese mismo acto el tribunal hizo entrega de la misma quedando conforme.-

En fecha 17-10-2001, comparece por ante este despacho la ciudadana GREIMIS CELESTE HERNANDEZ CHARAMO, y consignó la cantidad de QUINCE BOLIVARES EXACTOS (Bs. 15,00), a nombre de RIVERO CRUZ ANTONIO, a favor de su menor hijo.-

En fecha 23-10-2001, comparece la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA, y solicito la entrega de la suma de dinero depositada a favor de su menor hijo la cual se hizo entrega en ese misma acto quedando conforme.-

En fecha 25-10-2001, comparece por ante este despacho la ciudadana GREIMIS CELESTE HERNANDEZ CHARAMO, y consignó la cantidad de VEINTICINCO BOLIVARES EXACTOS (Bs. 25,00), a nombre de RIVERO CRUZ ANTONIO, a favor de su menor hijo.-

En fecha 07-11-2001, comparece por ante este despacho, la ciudadana YULITZA ESPINOZA, a nombre de RIVERO CRUZ ANTONIO, consignó la cantidad de VEINTICINCO BOLIVARES EXACTOS (Bs. 25,00), a favor de su menor hijo.-

En fecha 16-11-2001, comparece la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA, quién solicitó la suma de dinero que había sido depositado hasta el momento ante este despacho a favor de su menor hijo.

En fecha 21-11-2001, comparece el ciudadano CARRASQUEL ESPINOZA LUIS FELIPE, y consignó a nombre del ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO, la cantidad de VEINTICINCO BOLIVARES EXACTOS (Bs.25,00) y en fecha 03-12-2001, la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA, solicitó y le fue entregado ante este despacho la suma de dinero consignada a favor de su menor hijo.

En fecha 06-12-2001, comparece la ciudadana HERNANDEZ GREIMIS CELESTE, a nombre del ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO y consigno la cantidad de VEINTICINCO BOLIVARES EXACTOS (Bs.25,00), siendo retirados en fecha 11-01-2002, comparece la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA, ante este despacho y solicitó la suma de dinero depositada a favor de su menor hijo, la cual se le hizo entrega en ese mismo acto quedando conforme.-(Fs. 32-33)

En fecha 21-01-2002, comparece el ciudadano CARRASQUEL ESPINOZA LUIS FELIPE, a nombre del ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO, y consignó la cantidad de DOCE BOLIVARES CON CINCO CENTIMOS EXACTOS (Bs.12,5), a favor de su menor hijo, seguidamente en fecha 25-01-2002, comparece la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA, y solicito la suma de dinero consignada ante este despacho, a favor de su menor hijo, la cual se le hizo entrega en ese mismo acto quedando conforme.-

En fecha, 29-01-2002, comparece el ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO, y consignó la cantidad de VEINTICINCO BOLIVARES EXACTOS, (Bs.25,00) a favor de su menor hijo y en fecha 14-02-2002, comparece el ciudadano LUIS ARMANDO RIVERO, a nombre de RIVERO CRUZ ANTONIO, y consignó la cantidad de VEINTICINCO BOLIVARES EXACTOS (Bs.25,00) a favor de su menor hijo.-

En fecha 15-02-2002, comparece la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA, y solicitó a este despacho la entrega de la suma de dinero depositada a favor de su menor hijo, la cual se le hizo entrega en ese mismo acto quedando conforme.-

En fecha 15-03-2002, comparece la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA, y solicita a este despacho sea citado el ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO, en ese mismo acto el tribunal acuerda librar la correspondiente boleta de citación al ciudadano antes mencionado.-

En fecha 20-03-2002, comparece el ciudadano LUIS ARMANDO RIVERO, a nombre del ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO, y consigna la cantidad de VEINTICINCO BOLIVARES EXACTOS (Bs.25,00), a nombre de su menor hijo.-

En fecha 05-04-2002, comparece la ciudadana EMILIANA MIREYA GARCIA, quién solicita le sea entregada la suma de dinero depositada por ante este despacho a favor de su menor hijo, la cual el tribunal le hizo entrega en ese mismo acto quedando conforme.-

En fecha 08-04-2002, comparece el ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO, y consigna la cantidad de VEINTICINCO BOLIVARES EXACTOS (Bs.25,00), a favor de su menor hijo.-

En fecha 17-04-2002, comparece el ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO, y manifestó al tribunal que en los actuales momentos no estaba trabajando, motivo por el cual o puede consignar la pensión de sus menores hijos.-

En fecha 26-04-2002, comparece la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA, y solicito a este despacho la suma de dinero consignada a favor de su menor hijo, la cual se le hizo entrega en ese mismo acto.

En fecha 10-06-2002, comparece el ciudadano LUIS FELIPE CARRASQUEL ESPINOZA, a nombre de RIVERO CRUZ ANTONIO y consignó la cantidad de VEINTICINCO BOLIVARES EXACTOS (25,00), a favor de su menor hijo, siendo en fecha 25-06-2002, solicitada y retirada por la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA.

En fecha 12-07-2002 al igual que en fecha 19-07-2002 comparece por ante este despacho, la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA, y solicita sea citado el ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO, en esta ultima fecha el tribunal acordó librara la boleta de citación correspondiente.-

En fecha 26-07-2002, comparece por ante este despacho el ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO, y consignó la cantidad de CINCUENTA BOLIVARES EXACTOS (Bs.50,00), a favor de su menor hijo, y haciendo del conocimiento del ciudadano Juez que se encontraba laborando en la ciudad de Tucacas, Estado Falcón y que se le hacia imposible consignar a tiempo, que de igual modo se comprometía a traerlos mensualmente.

En fecha 12-08-2002, comparece la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA y solicita la entrega de la suma de dinero consignada ante este despacho a favor de su menor hijo, la cual se le hizo entrega en ese mismo acto.

En fecha 30-09-2002, comparece por ante este despacho el ciudadano RIVERO CRUZ A. y consignó la cantidad de VEINTICINCO BOLIVARES EXACTOS (Bs.25,00), a favor de su menor hijo. En esa misma fecha comparece la ciudadana EMILIANA MIREYA GARCIA y solicito la suma de dinero consignado a favor de su menor hijo la cual se le hizo entrega en ese mismo acto, quedando conforme la misma.-

En fecha 30-07-2003, se libró boleta de citación al ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO.-

En fecha 05-08-2003, comparecen los ciudadanos RIVERO CRUZ ANTONIO Y GARCIA EMILIANA MIREYA y llegaron a un acuerdo en relación a la pensión de alimento de su menor hijo y el tribunal visto el acuerdo acordó su homologación, quedando abierto el expediente en relación a las consignaciones.-

En fecha 23-09-2003, comparece el ciudadano LUIS REINALDO SUAREZ, a nombre de RIVERO CRUZ ANTONIO, quien consigna bauche nº 71369342 por la cantidad de VEINTE BOLIVARES EXACTOS (Bs.20,00) a favor de su menor hijo.-

En fecha 08-10-2003, comparece la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA, y solicito le sea entregado la suma de dinero consignado a favor de su menor hijo, la cual se le hizo entrega del mismo.

En fecha 30-01-2004, se libro boleta de citación a nombre del ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO.-

En fecha 04-02-2004, comparece la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA, manifestó a este despacho que recibió de parte del ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO, en su casa de habitación la cantidad de CUARENTA BOLIVARES EXACTOS (Bs.40,00), a favor de su menor hijo.-

En fecha 17-10-2006, comparece la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA, y solicito a este despacho sea citado el ciudadano RIVERO CRUZ ANTONIO, y el tribunal en ese mismo acto acordó librar la correspondiente boleta de citación al antes mencionado.-

En fecha 20-10-2006, comparecen los ciudadanos RIVERO CRUZ ANTONIO Y GARCIA EMILIANA MIREYA, y se levanto acta donde dicha ciudadana informa al tribunal haber recibido de manos del ciudadano antes mencionado la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES EXACTOS (Bs.250,00), correspondientes a los meses de mayo 2002 hasta enero 2003, mas la cantidad de NOVENTA BOLIVARES EXACTOS (Bs.90,00) en dinero efectivo en este misma acto, esta acta corre inserta en el folio sesenta y siete y sesenta y ocho (Fs. 67-68)

En fecha 21-04-2008, el tribunal acuerda librar boleta de citación a la ciudadana EMILIANA MIREYA GARCIA, a fin de dar impulso procesal a la siguiente causa.-

En fecha 21-04-2008, comparece el ciudadano alguacil RAFAEL ERNESTO PEDAUGA URBINA, y consigna en un folio útil boleta de citación debidamente firmada por la ciudadana GARCIA EMILIANA MIREYA.-

Ahora visto que en fecha 12 de Mayo del 2008, comparece por ante este despacho la ciudadana EMILIANA MIREYA GARCIA, y solicita el cierre respectivo de expediente de consignación signado bajo el Nº 2001-01, alegando que el ciudadano no ha cumplido con el convenio establecido y que nunca lo hará (Fs. 73). Este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y PEDRO GUAL CON SEDE EN RIO CHICO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la respectiva HOMOLOGACION, al presente procedimiento de consignación llevado por motivo de Obligación Alimentaría, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dándose así por terminada la presente causa
Archívese el presente expediente y en su debida oportunidad, remítase al archivo judicial. Cúmplase.-
Publíquese, regístrese y déjese copia previamente certificada por secretaria.-

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los veintidós (22) días del mes de julio del año dos mil ocho (2008). Años. 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
EL JUEZ

EMERSON LUIS MORO PEREZ

LA SECRETARIA

MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE.



En esta misma fecha (22-07-2008) siendo la 01:00 p.m., se registró y publicó la anterior decisión, dejándose copia de la misma en el archivo de este Juzgado, a los fines indicados en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.


LA SECRETARIA

MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE.












ELMP/mapb/nm
Exp. de Consignación. Nº 2.001-01