REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

Los Teques, 11 de Julio de 2008
198º y 149º


Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por el Abogado FELIX M. BORGES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 33.229, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en el presente juicio, este Tribunal observa respecto al Capítulo Primero en cuanto a las documentales promovidas por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, se admite cuanto a lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. En relación a la prueba de Informe en el Capítulo Segundo, se admite cuanto a lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, en consecuencia se ordena librar oficio al Juzgado Segundo de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, a objeto de que este remita al Tribunal de la causa constancias y Bauches Bancarios debidamente certificadas de todos los depósitos. Líbrese Oficio.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA TEMPORAL


Abg. LESBIA MONCADA.







THA/LM/mirian
Expte Nº 08-8168