REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR

JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 03 de julio de 2.008
198° y 149°

Visto el Desistimiento de la parte actora ciudadana LUDY HERRERA ARCHILA, colombiana, mayor de edad, con cédula de ciudadanía N°CC-37.542.131, en el expediente N° 1647-05 por Obligación de Manutención, inserta al folio 55, de fecha 27 de mayo de 2008; y su consentimiento por parte del demandado ciudadano LUIS HUMBERTO AYALA GUERRERO, colombiano, mayor de edad, con cédula de ciudadanía N°CC-13.171.069; así como la no objeción del mismo por la Fiscalia Trece, y cumplidos los requisitos de ley, este Tribunal procede a HOMOLOGAR el desistimiento, conforme al contenido del artículo 263, en concordancia con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto no es contrario a derecho, y versa sobre derechos disponibles, procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dándose por terminada la presente causa. Archivese el expediente. Cúmplase.

El Juez Titular,

Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía

La Secretaria,

Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas



pedro