REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 07 de julio de 2008.
198° y 149°
Vista la conciliación suscrita por ante este Juzgado en el expediente N° 2036-08, de Obligación de Manutención, entre los ciudadanos VELÁSQUEZ AYALA YUGLI ESPERANZA, colombiana, mayor de edad, con cédula de ciudadanía N°CC-37.506.463 y FLOREZ CAÑAS ALEXANDER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-15.775.240, a favor de los niños YISNEY CAROLINA y DANIEL ALEXANDER; y por cuanto la misma no es contraria derecho y versa sobre derechos disponibles este Tribunal le imparte HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Ofíciese al Banco de fomento Regional los Andes a fin de aperturar cuenta de ahorros a nombre de los beneficiarios. Notifíquese al Fiscal Quince Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese la correspondiente autorización una vez conste en autos el número de la cuenta de ahorros. Cúmplase.
El Juez Titular,
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía
La Secretaria,
Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas
En la misma fecha se oficio bajo el N° 3130-576 y se notificó al Fiscal Quince Especializada.
La Sria,
pedro