REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
En base a lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, ADMITE y declara SIN LUGAR la Inhibición planteada por el Abg. RUBEN DARIO MORANTE HERNANDEZ Juez Temporal de esta Corte de Apelaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por no encontrarse cumplido el supuesto contenido en el numeral 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese, déjese copia certificada.
JUEZ PONENTE
DR. LUIS ARMANDO GUEVARA RISQUEZ
LA SECRETARIA
Abg. GHENNY HERNANDEZ APONTE
RDMH/yeb.-
Causa: 1A-a 7039-08