REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

En base a lo anteriormente expuesto, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, ADMITE y DECLARA CON LUGAR la Inhibición planteada por la Jueza JACQUELINE TARAZONA VELÁSQUEZ, Juez Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, conforme a lo previsto en los artículos 86 numeral 5 del Código Orgánico Procesal Penal y 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Se declara CON LUGAR la Inhibición planteada.

Regístrese, diarícese, publíquese y déjese copia de la presente decisión y remítase copia certificada de la presente decisión a la Jueza inhibida y las presentes a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, sede Los Teques, a los fines de que sean remitidas al Tribunal que actualmente conoce la presente causa.

JUEZ PRESIDENTE


RUBEN DARIO MORANTE HERNANDEZ


LA JUEZ PONENTE


MARINA OJEDA BRICEÑO

EL JUEZ INTEGRANTE


LUIS ARMANDO GUEVARA RISQUEZ


LA SECRETARIA


GHENNY HERNANDEZ APONTE


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.


LA SECRETARIA


GHENNY HERNANDEZ APONTE






RDMH/MOB/LAGR/meja.
CAUSA Nº 7051-08.