REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 03 de Julio de 2008
197° y 149°

Causa N° 3CS-2373/04
Juez: Dra. Rosa Elena Rael Mendoza.-
Fiscal Décimo Segundo del Ministerio Público: Dr. Jorge Melenchon.- Defensor Público Penal: Dr. Héctor Pérez.- Imputado (s): Luís Beltrán Castro Díaz.


Secretaria: Abg. Alma Monsalve.-
Delito:


DECISIÓN:

Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE LA FIJACIÓN DE PLAZO PRUDENCIAL en la solicitud signada con el N° 3CS-2373/04de conformidad con lo establecido en los artículos 24, 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en los artículos 1, 11, 12 y 313 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Notifíquense a las partes conforme al contenido del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
La Juez de Control N° 3
Dra. Rosa Elena Rael Mendoza La Secretaria

Abg. Alma Monsalve


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.-
La Secretaria


Abg. Alma Monsalve


Causa: 3CS-2373/04
RER/RA/rer