REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 22 de julio de 2008
197° y 148°


Causa Nº 5C-2755-06

Juez: HERMINIA BRAVO DE FREITES. Juez Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques.

Secretario: ONEIDA MENDOZA, Secretaria adscrito a este Circuito Judicial Penal y Sede.

IDENTIFICACION DE LAS PARTES

IMPUTADOS: 1.- CORDOVEZ MANZANO JOSÉ ANGELO, venezolano, natural de Los Teques, Estado Miranda, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad número V-12.416.617, residenciado en el barrio José Gregorio Hernández, casa número 66, Los Teques, Estado Miranda.

FISCAL: JANETH LEDEZMA M., Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.

Visto el escrito presentado por la ciudadana Fiscal JANETH LEDEZMA M., mediante el cual solicita el sobreseimiento de la Causa seguida en contra del ciudadano(a) CORDOVEZ MANZANO JOSÉ ANGELO, ampliamente identificado, el fiscal del Ministerio Público narra los HECHOS de la forma siguiente:

DE LOS HECHOS
Se inició la presente averiguación mediante Auto de Proceder de fecha 28 de Marzo de 1997, dictado por la Sub Delegación de Los Teques, en virtud de que el denunciante GERSON JAVIER SERRANO CONTRERAS informó que tres sujetos uno de ellos portando un arma de fuego lo interceptaron cuando estaba entrando a su residencia, y bajo amenazas de muerte lo despojaron de la cantidad de Bs. 64.000,oo en efectivo.




DEL DERECHO

Considera la Representante del Ministerio Público, que: “…Ahora bien, consta de las actas de instrucción tendientes al esclarecimiento de la presente averiguación penal y su posible implicación delictual, que no cursa en autos, elementos de convicción que nos lleven a determinar la comprobación de los hechos narrados en el acta que encabeza las presentes actuaciones atribuidos a JOSÉ ANGELO CORDOVEZ MANZANO, en agravio de GERSON JAVIER SERRANO CONTRERAS y en consecuencia, poder subsumirlos en algunos de los supuestos previstos en las normas contenidas en nuestro texto sustantivo penal, así como tampoco en la ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, pues con las diligencias procesales efectuadas, no puede concluirse que los hechos imputados hayan sido cometidos”

PETITORIO

En virtud de lo expuesto, SOLICITÓ se decrete el SOBRESEIMIENTO respecto del ciudadano: CORDOVEZ MANZANO JOSÉ ANGELO, atendiendo a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto no se encuentran elementos de convicción como para tener el hecho objeto de la presente averiguación penal como realizado.

Ahora bien, corresponde a este Tribunal pronunciarse de la solicitud de la ciudadana JANETH LEDEZMA M., Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio del Estado Miranda, la cual solicita a este Juzgado el SOBRESEIMIENTO a favor del ciudadano(a) CORDOVEZ MANZANO JOSÉ ANGELO, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del articulo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, y revisada como han sido las actuaciones que conforman la presente causa, así como el escrito presentado por la Representación Fiscal, quien aquí decide, considera que en virtud de que el hecho objeto del presente proceso no se realizó, por cuanto no consta en autos suficientes elementos de convicción que hagan presumir la comisión del hecho punible denunciado, en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida en contra del ciudadano CORDOVEZ MANZANO JOSÉ ANGELO, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena remitir la presente causa al Archivo Judicial luego de cumplido el lapso legal. Y ASÌ SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos PRIMERO: Se decreta el SOBRESEIMIENTO a favor del ciudadano(a) CORDOVEZ MANZANO JOSÉ ANGELO, ampliamente identificados en autos, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ordena remitir la presente causa al Archivo Judicial luego de cumplido el lapso legal.
Publíquese, Regístrese, Notifíquese a las partes, Déjese Copia Certificada. Cúmplase.-
LA JUEZ


DRA. HERMINIA BRAVO DE FREITES
LA SECRETARIA



En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo aquí ordenado

LA SECRETARIA


CAUSA 5C-2755-06