REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO LOS TEQUES

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA

PRIMERO DECLARAR SIN LUGAR la excusa interpuesta de conformidad con lo establecido en el articulo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que deberá acreditar la documentación correspondiente a los fines que este Tribunal puede revisar su solicitud a los fines de determinar si la misma es procedente o no, sin embargo, en virtud que este Tribunal considera necesario constituir el Tribunal Mixto con un Suplente, conforme a lo dispuesto en el artículo 161 del Código Orgánico Procesal Penal, por la ABG. ELIZABETH CORREDOR, en su carácter de Defensora Pública Penal, en el sentido que se tome en consideración la excusa presentada por la ciudadana LUISA JOSEFINA GONZALEZ DE MORALES, este Tribunal considera que no ha sido debidamente fundamentado ni acreditado con anterioridad ni el día de hoy la situación planteada.

SEGUNDO FIJAR UN SORTEO EXTRAORDINARIO, en la presente causa seguida en contra del acusado SANABRIA JUSTINIANI ALEXANDER JOSE, por la presunta comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, para la selección de escabinos, de conformidad con lo establecido en el artículo 158 del Código Orgánico Procesal Penal, en esta misma fecha, en virtud que este Tribunal considera necesario constituir el Tribunal Mixto con un Suplente, conforme a lo dispuesto en el artículo 161 del Código Orgánico Procesal Penal para la selección de escabinos, de conformidad con lo establecido en el artículo 158 del Código Orgánico Procesal Penal en esta misma fecha, a los fines de completar la lista, por lo que se deja constancia que el Tribunal se traslada y constituye junto con las partes presentes, a la oficina de participación Ciudadana de este Circuito y Sede. Procediendo posteriormente a librar las boletas de notificaciones correspondientes.

Publíquese, regístrese y déjese constancia en el Libro Diario del presente pronunciamiento.
LA JUEZ,

ABG. JACQUELINE TARAZONA VELASQUEZ

LA SECRETARIA,

ABG. VALENTINA ZABALA VIRLA.

En la misma fecha conforme a lo ordenado, se publicó y registró el anterior auto fundado.
LA SECRETARIA,

ABG. VALENTINA ZABALA VIRLA

ACT. Nro. 1M132-08