REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO LOS TEQUES

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA


SUSPENDER LA CONTINUACIÓN DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO, seguida en contra del acusado: ESPINOZA BERAMENDI JOSBERT, Indocumentado, Nacionalidad Venezolano, natural de Los Teques, Estado Miranda, fecha de nacimiento 15-10-1978, 29 años de edad, profesión u oficio albañil, hijo de FELIX ISAIAS ESPINOZA y BONIFACIA BERAMENDI ambos vivos, por la presunta comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO CON FRACTURA Y NOCTURNIDAD EN GRADO DE FRUSTRACIÓN previsto y sancionado en el artículo 455 numerales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en el artículo 80 segundo aparte ejusdem, para el JUEVES DIECISIETE (17) DE JULIO DE DOS MIL OCHO (2008) a la UNA HORA Y TREINTA MINUTOS DE LA TARDE (01:30 p.m.), Se ordena librar boleta de citación a los testigos y expertos promovidos por las partes debidamente admitidos por el Tribunal de control. De igual manera se acuerda oficiar de conformidad con lo establecido en el articulo 188 del Código Orgánico Procesal Penal remitiendo anexo boletas de los funcionarios a través de su superior jerárquico, se le solicita al Fiscal del Ministerio Público como a la Defensa que deben colaborar para que comparezcan al Juicio las pruebas promovidas y debidamente admitidas por el juez de control.

Publíquese, regístrese y déjese constancia en el Libro Diario del presente pronunciamiento.
LA JUEZ,


ABG. JACQUELINE TARAZONA VELASQUEZ

LA SECRETARIA,

ABG. VALENTINA ZABALA VIRLA.

En la misma fecha conforme a lo ordenado, se publicó y registró el anterior auto fundado, se libraron oficios Nros. 777-2008, 778-2008, Boletas de Citación y Boleta de Traslado Nro. 392-2008.

LA SECRETARIA,

ABG. VALENTINA ZABALA VIRLA
ACT. Nro. 1M821-03