REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. EXTENSIÓN BARLOVENTO
SALA DE JUICIO.
JUEZ UNIPERSONAL Nº II
Guatire, 10 de JULIO de 2008
198º y 149º
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano JUAN ALBERTO BLANCO HERRERA, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nro. 10.815.262, quien falleció el 25-05-2008 en Autopista CARACAS la Guaira parroquia Soublette, tal como consta de la partida de defunción expedida por el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Vargas del Estado Miranda, acta Nº 014 de fecha 26-05-2008, a sus hijos, (IDENTIDAD OMITIDA). Devuélvase todo original.
El Juez Abg. Helio Antonio Requena Bandres
El (A) Secretario (A)
ABG. JUDITH LOVERA PEDRON
HARB/LAV/Jheyddy Benedetty
EXP: S-08/7654
Título de únicos y universales herederos.
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