REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
 
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. EXTENSIÓN BARLOVENTO
 
SALA DE JUICIO.
 
JUEZ UNIPERSONAL  Nº  I
 
 
Guatire, 17 de Julio de 2008
 
198º y 149º
 
Vista las actuaciones anteriores y oída la aceptación y juramentación en el cargo de CURADOR AD HOC, manifestado por el ciudadano HECTOR JOSE GIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nº 15.132.402, por medio del cual se compromete a cumplirlo bien y fielmente, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le discierne el cargo al ciudadano HECTOR JOSE GIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nº 15.132.402, de Curador Ad Hoc del niño (IDENTIDAD OMITIDA), de ocho (08) años de edad respectivamente, nacido en la Maternidad Concepción Palacios Caracas, Dtto, Capital, en fecha 06/08/1999, de acuerdo a la partida de nacimiento Nº 646, expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código Civil, quedando investida de tal responsabilidad con las consecuencias legales inherentes al mismo. Finalmente y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la ley, devuélvanse en original por Secretaría las presentes actuaciones a su solicitante. Cúmplase lo ordenado. 
 
La Juez Unipersonal Nº 1  Dra. Leticia Morillo Moros
 
El(a) Secretario(a)  
 
 
 
 
 
EXP: S-08/7697
 
LMM/Zunyin 
 
Curador Ad – Hoc 
 
 
 
 
 
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