REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sala de Juicio
Tribunal de Primera (1ª) Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Extensión Barlovento. Juez Unipersonal N° II



Guatire, 04 de julio de 2008
198º y 149º


PARTES: DOMINGA CRISTINA VEROES PEREIRA y REINALDO PINTO ALVAREZ titulares de las Cédulas de identidad Nros. 7.945.744 y 10.817.076 respectivamente.

Vistas las anteriores actuaciones y por cuanto el presente asunto se inició en fecha 30-11-1999 en virtud de la solicitud que por motivo de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, fue interpuesta por los ciudadanos antes identificado, ante este Tribunal, la juzgadora observa que, habiendo sido admitida dicha solicitud, y dictada la DECISIÓN en la presente causa el 31-08-2000, en consecuencia, lo procedente y ajustado a derecho en este caso es DECLARAR TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, Y EN CONSECUENCIA SE ORDENA EL CIERRE DE LA PRESENTE CAUSA Y LA REMISIÒN DEL PRESENTE EXPEDIENTE AL DEPOSITO DE ARCHIVO JUDICIAL DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA REGIÓN MIRANDA para su resguardo. Y ASÍ SE DECIDE. Regístrese y Publíquese la presente decisión y publíquese en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase.
EL JUEZ


DR. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES

LA SECRETARIA

Abg. JUDITH LOVERA PEDRON



Exp. 1136-99
HARB/JLP/jheyddy.-