REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÒN BARLOVENTO.
Guatire, 09 de Julio del año 2.008.-
Año. 198º y 149º
vistas y analizadas las actas procesales que conforman la presente causa, signada bajo el número de expediente 08-9386, de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor de los niños (identidad omitida), de un (1) años de edad respectivamente, interpuesto por la ciudadana RUTH ESTHER GONZALEZ SOJO, en contra del ciudadano JAVIER ALEXANDER PERDOMO ACUÑA, plenamente identificados en autos; y por cuanto de las mismas se evidencia que en éste mismo Despacho Judicial cursa expediente signado con el Nº 08-9306, del cual se evidencia que la causa y las partes en litigio son las mismas que las del expediente signado con el Nº 08-9386; y para evitar decisiones en contrario, es por lo que éste Despacho Judicial acuerda acumular el expediente Nº 08-9386 al 08-9306.- Cúmplase lo ordenado. Líbrese lo conducente.-
EL JUEZ
DR. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES
LA SECRETARIA
ABOG. DRA. JUDITH DE LA CRUZ LOVERA PEDRÓN.-
EXP Nº 08-9306.-
HARB-
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