REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

EN SU NOMBRE





SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÒN BARLOVENTO.
Guatire, 09 de Julio del año 2.008.-
Año. 198º y 149º

vistas y analizadas las actas procesales que conforman la presente causa, signada bajo el número de expediente 08-9386, de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor de los niños (identidad omitida), de un (1) años de edad respectivamente, interpuesto por la ciudadana RUTH ESTHER GONZALEZ SOJO, en contra del ciudadano JAVIER ALEXANDER PERDOMO ACUÑA, plenamente identificados en autos; y por cuanto de las mismas se evidencia que en éste mismo Despacho Judicial cursa expediente signado con el Nº 08-9306, del cual se evidencia que la causa y las partes en litigio son las mismas que las del expediente signado con el Nº 08-9386; y para evitar decisiones en contrario, es por lo que éste Despacho Judicial acuerda acumular el expediente Nº 08-9386 al 08-9306.- Cúmplase lo ordenado. Líbrese lo conducente.-
EL JUEZ

DR. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES


LA SECRETARIA

ABOG. DRA. JUDITH DE LA CRUZ LOVERA PEDRÓN.-


EXP Nº 08-9306.-
HARB-