REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE MENORES

visto el computo que antecede, se admite el recurso de casación anunciado poir el abogado Daniel Peter, se ordena remitiri el expediente a la Sala de Casación Civil, del Tribunal Supremo de Justicial junto con oficio 309