REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMON BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LESTADO MIRANDA
198° y 149°


ACTA DE AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN


EXPEDIENTE PENAL ADOLESCENTE Nº 1334-2008.

IMPUTADO: : Identidad Omitida de conformidad con el artículo 665 de la Ley de Protección del Niño y del Adolescente.-

VICTIMA: GUARDO CASTRO JOSE GREGORIO .

JUEZ: Dra. TIBISAY ACOSTA.

SECRETARIA: Abg. MINNOREA GUZMÁN.

FISCAL (17) “A” DEL MINISTERIO PUBLICO, OCUMARE DEL TUY. DRA. HELIANNA GALVIS.-

DEFENSORIA PUBLICA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTE DE LOS VALLES DEL TUY, OCUMARE DEL TUY. Dr. JOSE GREGORIO FERRER.

En el día de hoy, cuatro de Junio del año dos mil ocho, siendo las doce y treinta de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Conciliatoria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 564 de las Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Con presencia de la ciudadana Juez de este Juzgado Dra. TIBISAY ACOSTA, actuando en función de Juez de Control quien le solicita a la Secretaria de este Tribunal ciudadano Abg. MINNOREA GUZMÁN, verifique la presencia de las partes y quien expone:

Se encuentran presentes en este acto:

Los Adolescentes : Identidad Omitida de conformidad con el artículo 665 de la Ley de Protección del Niño y del Adolescente.-


Los ciudadanos ANGELA ESCALANTE Y ESTEBAN UGARTEMENDIA, Titulares de las Cédulas de Identidad Nos 12.631.587 y 6.825.145, respectivamente, Representantes Legales de los adolescentes de autos.-

DISPOSITIVA:

En este estado la ciudadana Juez de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, actuando en función de Juez de Control de conformidad con lo dispuesto en el artículo 666 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, expone: “Siendo la hora acordada para la celebración de la Audiencia de Conciliación en la presente causa este Tribunal deja Constancia que no se encuentran presentes en este acto la Representante del Ministerio Público Extensión Valles del Tuy Dra., HELIANNA GALVIS, El Representante de las Defensa Pública de Responsabilidad Penal de Adolescente, Extensión Valles del Tuy Dr., JOSE GREGORIO FERERR, no obstante, de haber sido notificados, así mismo y evidenciándose de los autos la imposibilidad de localizar a la victima ciudadano GUARDO CASTRO JOSE GREGORIO por parte del ciudadano Alguacil de este Tribunal, pese a las reiteradas diligencias realizadas por el mismo para llevar a cabo la notificación legal de dicho ciudadano,. En tal circunstancia y en consecuencia este Tribunal DIFIERE el Acto de Audiencia Preliminar para el día Miércoles Once (11) de Junio del año en curso, a las Doce y Treinta de la tarde, De conformidad con el contenido del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, quedan notificadas los presentes en esta Audiencia de la presente decisión Siendo las Dos y treinta de la tarde, se da por concluida la presente audiencia. , Es Todo, Terminó, Se leyó y conformes firman.-
La Juez,

Dra. Tibisay Acosta.

Los Adolescentes Imputados

_______________ y _________________



Los Representantes Legales

_____________ y ______________


La secretaria,

Abg., Minnorea Guzmán.


Exp. 1334-2008.-
Thamara.-