JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, once de Junio de dos mil ocho.-
197º y 149º
Recibido por Distribución constante todo de (10) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado y por ser el pedimento formulado por la ciudadana AURA DEL CARMEN PABON DE MONCADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.345.156, asistida por el Abogado Hermes José Andrade Pernia, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 58.276, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por la ciudadana AURA DEL CARMEN PABON DE MONCADA, ya identificada y revisada como ha sido la documentación presentada considera que aparece incorrectamente el nombre de la solicitante “AURORA PABON VIVAS” siendo lo correcto “AURA DEL CARMEN PABON VIVAS”. Y ASI SE DECIDE. En consecuencia ofíciese al Registro Civil del Municipio Uribante del Estado Táchira, y al Registro Principal del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la correspondiente nota marginal al Acta de Matrimonio Nº 94 de fecha 27 de Julio de 1961, perteneciente a la ciudadana AURA DEL CARMEN PABON DE MONCADA. Expídase las copias certificadas.-
REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ TITULAR Irali Jocelyn Urribarri Díaz
Secretaria
Made
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