Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal, diecinueve de Junio de dos mil ocho.
197° y 149°
Vista la diligencia de fecha 11 de Junio de 2008, suscrita por los abogados ELDA MARIA CLAVIJO RUBIO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.449.979 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 31.088 y JUAN UMBERTO MARQUEZ MANRRIQUE, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.032.626, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.758, obrando la primera en nombre y representación de la parte demandante ciudadana MARIBEL GIL, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.184.967, y el segundo en nombre y representación de la ciudadana MARIA DEL ROSARIO ROMERO DE BUENAÑO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.643.027, con el carácter de parte demandada, respectivamente, la cual contiene TRANSACCIÓN celebrada por las partes, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.-
La Juez Titular
REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
La Secretaria
IRALÍ JOCELYN URRIBARRI DÍAZ
Exp. N° 33067
Elena
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