Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal, dos de Junio de dos mil ocho.
197° y 149°
Vista la diligencia de fecha 27 de Mayo de 2008, suscrita por los ciudadanos: CLARET BRITZEIDA HIDALGO GUERRERO, venezolana, mayor de edad, soltera, Abogada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.264.622, con el carácter de parte demandada, actuando por sus propios derechos, JOSE REMIGIO PEÑA ANDRADE, venezolano, mayor de edad, Abogado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.681.264, actuando por sus propios derechos y con el carácter de parte actora en la presente causa, la cual contiene TRANSACCIÓN CELEBRADA POR LAS PARTES, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. Se mantiene la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada, hasta tanto no conste en autos el cumplimiento de la obligación asumida por la demandada.-
La Juez Titular
REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
La Secretaria
IRALÍ JOCELYN URRIBARRI DÍAZ
Exp. N° 33093
Ejecución de Hipoteca
Elena
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