REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 09 de Junio de 2008
197º y 149º


ASUNTO: 6C-5013-08

IDENTIFICACION DEL TRIBUNAL

JUEZ: NAIR J. RIOS CHAVEZ


SECRETARIA: EDUARDO JOSE SANCHEZ

IDENTIFICACION DE LAS PARTES


NAGUANAGUA DE NACIONALIDAD VENEZOLANO, NATURAL DE CARACAS DISTRITO CAPITAL, HIJO DE JOVITA NAGUANAGUA (V), PADRE DESCONOCIDO, NACIDO EN FECHA 19/05/1960, DE 48 AÑOS DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD PERSONAL NÚMERO V-06.046.702, DE ESTADO CIVIL SOLTERO, CON GRADO DE INSTRUCCIÓN SEGUNDO AÑO APROBADO, Y RESIDENCIADO EN EL NACIONAL, SECTOR LA CASITA CASA N. 42, ENTRADA PRINCIPAL, DELIA DE UNDA, TELEFONO: 0414-108.69.61, PROFESIÓN U OFICIO OBRERO, ACTUALMENTE EN EL AGROPECUARIO LA COSTA.

DEFENSORA PUBLICA PENAL Nº 15, ADSCRITA A LA UNIDAD PUBLICA PENAL DEL ESTADO MIRANDA.

FISCAL: ABG. HUNCGRIA CARO FERRER,/ DEFENSA: ABG. ELIZABETH CORREDOR/ IMPUTADO (S): ANTONIO FISCAL DECIMO NOVENO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


En fecha 21-02-08, se remitió la causa a la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público Circunscripcional mediante Ofic. Nº 357-2008.-

En esta misma fecha, este Tribunal dictó auto mediante el cual ordena certificar por secretaria el cumplimiento de las presentaciones por parte del imputado; siendo que el Abg. EDUARDO JOSE SANCHEZ, Secretaria adscrito a este Despacho realiza Certificación por Secretaría, mediante la cual se evidencia que el imputado de autos cumple con sus presentaciones desde el día 06-02-08 al día 06-06-08.-

Ahora bien, siendo la oportunidad de dictar el pronunciamiento, este Juzgador observa:

En la audiencia oral de fecha 25-01-2008, se le aplicó al imputado las medidas cautelares sustitutivas previstas en el artículo 256 numerales 2, 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales consisten en la presentación de una persona responsable, la presentación periódica ante la sede de este Tribunal, cada Ocho (08) días, y la prohibición de salir de la jurisdicción del tribunal sin previa autorización, las cuales ha venido cumpliendo correctamente desde el 06-02-2008, en consecuencia este Tribunal ACUERDA extender las presentaciones del ciudadano: NAGUANAGUA ANTONIO titular de la cédula de identidad N° 6.046.702, a cada Treinta (30) días por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal y Sede y se ordena colocar la nota respectiva en el libro de presentaciones, todo ello en virtud de que ha cumplido a cabalidad con las mismas. Y ASI SE DECLARA:

DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, ACUERDA extender las presentaciones del ciudadano: NAGUANAGUA ANTONIO titular de la cédula de identidad N° 6.046.702, a cada Treinta (30) días por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal y Sede; todo ello en virtud de que ha cumplido a cabalidad con las mismas, todo conforme a lo previsto en los artículos 260, 263 264 del Código Orgánico Procesal Penal -

Notifíquense a las partes de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 175 de nuestra norma adjetiva penal.-
Se ordena al secretario de este Tribunal estampar la nota respectiva en el libro de presentaciones que a tal efecto lleva este Despacho.-
Regístrese, déjese copia certificada.-
LA JUEZ,


ABG. NAIR J. RIOS CHAVEZ

EL SECRETARIO


ABG. EDUARDO JOSE SAN CHEZ


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.-


EL SECRETARIO


ABG. EDUARDO JOSE SANCHEZ


NJRC/EJS/li
Causa: 6C5013-08
Act. Fiscal: 15F19-014-2008.-