REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO LOS TEQUES
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA
PRIMERO: DECLARAR LA CONSTITUCIÓN DEFINITIVAMENTE DEL TRIBUNAL MIXTO, de la siguiente forma: ABG. JACQUELINE TARAZONA VELASQUEZ, Juez Presidente del Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, y los jueces Escabinos: Titular Nro. 1 NELSON RAFAEL CAMARILLO MORILLO Titular Nro. 2 GORDY STEVE PALMERO CASTILLO, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal;
SEGUNDO DECLARAR SIN LUGAR LA EXCEPCIÓN OPUESTA por la ABG. LOIDA GARCIA ITURBE, Defensora Privada del acusado, contenida en el artículo 28 numeral 4 literal “I”, del Código Orgánico Procesal Penal, alegada por presunta violación del artículo 326 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto la acusación cumple con todos los requisitos formales, exigidos en el artículo 326 ejusdem
TERCERO SUSPENDER LA CONTINUACIÓN DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO, seguida en contra del acusado ALDRIN XAVIER IZARRA INOJOSA Nacionalidad: Venezolana, nacido en Los Teques Estado Miranda, fecha de nacimiento 05-08-1984, de 23 años de edad, profesión u oficio analista de seguros, estado civil soltero, nombre de sus padres: FREDY OMAR IZARRA (V) y MORELA INOJOSA (V), lugar de residencia: Res. Ayacucho, piso 4, apto 4-a. Los Teques Estado Miranda, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-16.147.160, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTECIONALES DE CARÁCTER GRAVISIMO A TITULO DE DOLO EVENTUAL previsto y sancionado en el artículo 414 del Código Penal, para el día LUNES SIETE (07) DE JULIO DE DOS MIL OCHO (2008) a las DOS HORAS DE LA TARDE (2:00 p.m.), Se ordena librar boleta de citación a los testigos y expertos promovidos por las partes debidamente admitidos por el Tribunal de control. De igual manera se acuerda oficiar de conformidad con lo establecido en el articulo 188 del Código Orgánico Procesal Penal remitiendo anexo boletas de los funcionarios a través de su superior jerárquico. Asimismo, se acuerda librar la boleta de citación de la víctima al Ministerio Publico, por lo que se les solicita colaborar con las diligencias para que comparezcan al Juicio las pruebas promovidas y debidamente admitidas por el juez de control.
Publíquese, regístrese y déjese constancia en el Libro Diario del presente pronunciamiento.
LA JUEZ,
ABG. JACQUELINE TARAZONA VELASQUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. VALENTINA ZABALA VIRLA.
En la misma fecha conforme a lo ordenado, se publicó y registró el anterior auto fundado, se libraron oficios Nros. 705-2008 y 707-2008, Boletas de Citación y Boleta de Traslado Nro. 367-2008.
LA SECRETARIA,
ABG. VALENTINA ZABALA VIRLA
ACT. Nro. 1M104-07
JJTV/VZV/gan.